Política y Gobierno

Nosotros cerca del pueblo y el pueblo cerca de nosotros

Planificación Física

La DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN FÍSICA de Mayabeque, entidad perteneciente a la Administración Provincial del Poder Popular, surge en enero de 2011, como resultado de la división político-administrativa de Artemisa y Mayabeque.

Tiene como encargo estatal: Dirigir la aplicación de la política del Estado y el Gobierno en materia de Ordenamiento Territorial, Urbanismo, los aspectos del diseño y la arquitectura relacionados con este último y el Catastro. Cuenta con la dirección y el asesoramiento metodológico del Instituto de Planificación Física en materia de planeamiento, gestión y control y a su vez ejerce esta función sobre las 11 Direcciones Municipales de Planificación Física.

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Las regulaciones del ordenamiento territorial y el urbanismo son el conjunto de disposiciones jurídico-administrativas de carácter territorial, urbano y arquitectónico, cuyos fines fundamentales son los de orientar la acción constructiva estatal o ciudadana y la preservación de los valores históricos, arquitectónicos, urbanísticos, paisajísticos y ambientales, así como la imagen urbana que caracteriza a nuestros pueblos y ciudades.

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casa sin legalizarDos acuerdos del Consejo de Ministros sobre el ordenamiento y legalización de viviendas, cuartos, habitaciones, accesorias y locales, y sobre el cambio de uso y traspaso de locales, fueron publicados el viernes 26 de abril de 2019 en la Gaceta Oficial ordinaria No. 33, acompañados de dos resoluciones de los ministerios de Justicia y de la Construcción, un paquete jurídico que beneficia hoy a miles de familias que habitan inmuebles bajo régimen de arrendamiento permanente o usufructo, o que han construido sin seguir formalidades legales.

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El Decreto 272/2001 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros establece las contravenciones en materia de ordenamiento territorial y urbanismo”, así como la aplicación de las normas y los actos que lo rigen.

Está dirigido a regular y proteger el territorio, el medio ambiente, el patrimonio construido de nuestro país, las infracciones contra el ornato público, la higiene comunal, y los monumentos nacionales y locales; por ello, su aplicación no es privativa del Sistema de la Planificación Física (SPF), sino que también están facultados para utilizarlo otros organismos como los cuerpos de inspectores del Sistema de la Vivienda, Comunales, Recursos Hidráulicos y Salud Pública especificando, según las conductas contravencionales, los artículos que debe emplear cada autoridad.

 

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