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SE APRUEBA EL PRECIO MINORISTA DE LA LATA DE PESCADO EN CONSERVA HERMÉTICA, CON DESTINO A LAS DIETAS MÉDICAS.

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La Gaceta Oficial Extraordinaria No. 23 de la República de Cuba, publicó el Acuerdo 9028/2021 del Consejo de Ministros, que establece el precio minorista de la lata de pescado en conserva hermética con destino a las dietas médicas.

El documento legislativo establece el precio minorista de 25.00 CUP, para la lata de pescado en conserva de 425 gramos con destino a las dietas médicas sin subsidios, en este caso no se incrementa el precio que la población paga por esta dieta por el pescado fresco, que es a razón de 114 pesos.

Para la lata de pescado de igual gramaje, destinada a las dietas médicas de enfermedades crónicas de la infancia y retrovirosis, que es subsidiada por el Presupuesto del Estado, se establece el precio de 1.70 CUP, por lo que demanda un financiamiento presupuestario de 24 000 000 de pesos.

La venta de este producto se realiza, teniendo en cuenta las dificultades que presenta la Industria con la disponibilidad de pescado fresco con destino a las dietas médicas, y con el objetivo de que no existan afectaciones a los consumidores.

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