Recientemente la Gaceta Oficial de la República de Cuba publicó las Normas Complementarias a la Ley 137 del Presupuesto del Estado para el año 2021, entre ellas la Resolución No. 18 /2021 emitida por la Ministra de Finanzas y Precios, Meisi Bolaños Weiss, con el objetivo de contener el incremento de precios y tarifas de forma injustificada, abusiva y especulativa, en el nuevo escenario de Ordenamiento Monetario y perfeccionar los mecanismos de regulación y control de los mismos, por los órganos y organismos de la Administración Central del Estado (OACE) y demás entidades que correspondan.
Entre las principales características que recoge el documento legislativo se establece que, los consejos provinciales y los de la Administración municipales, conceden bonificaciones totales o parciales en el pago de los impuestos sobre las ventas y los servicios a las Formas de Gestión No Estatal (FGNE), con el objetivo de lograr adecuadas concertaciones de precios de los bienes y servicios de impacto en la población.
Para dicha concertación de precios, se deben tomar en cuenta los precios máximos que se establecen por los consejos provinciales y los de la Administración municipales y no pueden exceder de 2 veces en los productos agropecuarios y de hasta 3 veces en el caso de los demás productos y servicios, sobre los máximos fijados por dichas autoridades en julio del año 2019.
La Titular de Finanzas y Precios en esta norma jurídica también estableció que, los consejos de la Administración municipales para la venta en los mercados estatales determinan como máximos los precios minoristas descentralizados de productos agropecuarios, así como de otras producciones y servicios, considerando los costos y los niveles de ofertas, que resulten inferiores a los que se aplican por las FGNE y otros aspectos, según cada territorio. Estos precios constituyen referentes para los de otros mercados.
Por su parte los consejos de la Administración municipales, serán los encargados del diseño, organización y preparación de las acciones de control, así como de la aprobación de las acciones de regulación y control de precios y tarifas mayoristas y minoristas centralizados y descentralizados en cada territorio. Asimismo, los consejos provinciales coordinarán con las instancias municipales la realización de las acciones que se requieran para una aplicación coherente a nivel de provincia.
Intensificar las acciones de asesoramiento y capacitación sobre la determinación de los precios y tarifas mayoristas y minoristas descentralizados, en correspondencia con las normas metodológicas que se emitan, es otra de las características establecidas en la normativa, así mismo se encarga a los jefes de los organismos, organizaciones superiores de dirección empresarial, entidades nacionales, así como a los consejos provinciales y de la Administración municipales.
Las diferentes estructuras de dirección controlan la aplicación de las medidas administrativas que correspondan ante las violaciones de precios detectadas y aseguran, que se actúe con inmediatez y rigor ante los precios abusivos y especulativos u otras violaciones cometidas en la aplicación de los precios y tarifas minoristas. Los consejos provinciales y de la Administración municipales aplican medidas rigurosas y ejemplarizantes, según la gravedad o reiteración de las infracciones, en correspondencia con la legislación vigente.
En la Resolución de 2021 se establece que, las acciones de información y comunicación a la población, respecto a las decisiones que se adoptan sobre los precios y tarifas de productos y servicios establecidos; así como la divulgación por los medios de prensa de los territorios, de las denuncias, sanciones y otras medidas que se dispongan, será responsabilidad de los jefes de los organismos, organizaciones superiores de dirección empresarial, entidades nacionales y los gobiernos locales.